Las empresas del sector privado deberán depositar la gratificación por Fiestas Patrias hasta el 15 de julio, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.° 27735, norma que regula este beneficio laboral para los trabajadores sujetos al régimen laboral privado.
La legislación señala que este pago debe efectuarse dentro de la primera quincena de julio. Según el artículo 5 de la ley, las gratificaciones "serán abonadas en la primera quincena de los meses de julio y de diciembre".
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó en anteriores comunicados oficiales que este plazo es impostergable y que realizar el depósito después del 15 de julio constituye un incumplimiento de la normativa laboral.
¿Qué trabajadores tienen derecho a la gratificación?
La Ley N.° 27735 establece que tienen derecho a recibir la gratificación los trabajadores del régimen laboral privado que se encuentren laborando al momento del pago o que estén de vacaciones, con licencia con goce de haber o percibiendo subsidios de la seguridad social.
Asimismo, quienes no hayan completado los seis meses del semestre enero-junio pueden acceder al beneficio de manera proporcional a los meses efectivamente trabajados.
De acuerdo con la normativa vigente, los trabajadores que hayan laborado el semestre completo tienen derecho a percibir una gratificación equivalente a una remuneración mensual íntegra. Además, la Ley N.° 29351 contempla una bonificación extraordinaria adicional equivalente al 9% de la gratificación para los trabajadores afiliados a EsSalud, monto que se entrega directamente al trabajador.
¿Qué pasa si la empresa no paga dentro del plazo?
El MTPE señaló que el pago fuera del plazo legal constituye una infracción laboral. En estos casos, los trabajadores pueden presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para que se inicie una fiscalización y se verifique el cumplimiento de la obligación por parte del empleador.
Al ser la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de las normas sociolaborales, puede imponer sanciones económicas a las empresas que incumplan con el pago de la gratificación o que realicen abonos incorrectos. Además, el empleador deberá asumir los intereses correspondientes por el retraso en el pago del beneficio laboral.
¿Cuál es la fecha límite en 2026?
Para la campaña de gratificaciones por Fiestas Patrias de 2026, la fecha máxima para realizar el depósito será el miércoles 15 de julio. Este plazo se encuentra respaldado por la Ley N.° 27735 y ha sido reiterado por especialistas laborales y medios que citan la normativa vigente. Las empresas que no cumplan con efectuar el pago hasta esa fecha se exponen a procedimientos de fiscalización y eventuales sanciones administrativas.
Fuente: larepublica.pe