Proinversión y APN señalan errores en la auditoría de la Contraloría sobre puerto de Chancay

Las personas que en nombre de la compañía Terminales Portuarios Chancay (ahora Cosco Shipping Ports Chancay Perú, CSCPC), firmaron el contrato de inversión con el Estado peruano, José Picasso Salinas y Marco Rivera Noya, el 26 de agosto de 2016, no contaban con los poderes inscritos en los Registros Públicos, señala una auditoría de la Contraloría aplicada una década después de los hechos.

El informe de control señala que las autoridades que fueron parte del proceso no verificaron que los representantes de la contraparte privada contaran con el poder que acreditaba su legal habilitación para firmar. Por el Estado suscribieron el acuerdo la entonces viceministra de Transportes, Fiorella Molinelli Aristondo, y el director ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión), Carlos Herrera Perret.

La supuesta carencia de representación legal de los firmantes por parte de CSCPC es uno de los tres cuestionamientos de fondo que se consignan en la auditoría de cumplimiento denominada 'Otorgamiento de la habilitación, suscripción del contrato de inversión y adendas, licencia portuaria y fiscalización ambiental al terminar portuario multipropósito de Chancay', que emitió la Contraloría en la quincena de junio de este año.

“Proinversión validó, tramitó y suscribió un contrato de inversión con la empresa (CSCPC), cuyos representantes no contaban con el poder que acreditaba la capacidad para suscribir el contrato, requisito exigido por la normativa”, resalta la auditoría.

Puerto de Chancay La Republica

Documentos que acreditan que los representantes de la empresa inversionista estaban aptos para suscribir contrato con Provinversión y el MTC. Foto: La República

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LOS REPRESENTANTES LEGALES

“No obstante, se continuó con el trámite y remitió dicho contrato al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para su suscripción”, remata, dando a entender una presunta conducta en beneficio de la empresa inversionista.

Fuentes de Proinversión y de CSCPC señalaron que el informe de la Contraloría comete un error al concluir que José Picasso Salinas y Marco Rivera Noya no estaban habilitados como apoderados para firmar el contrato de inversión con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Proinversión.

El 7 de junio de 2016, antes de la suscripción del contrato, CSCPC remitió a Proinversión los poderes que facultaban a Picasso y Marco Rivera como apoderados del inversionista y, en consecuencia, estaban habilitados para rubricar el acuerdo.

Los auditores señalan que dicha información no existe, sin embargo, entre los documentos que presentó la empresa se incluyen las partidas registrales en las que constan los poderes otorgados a Picasso y Rivera. En el informe se indica que los poderes no están inscritos en el numeral 3.00 de la partida, pero sí aparecen en el numeral 5.08, como puede apreciarse, indicaron las fuentes.

El segundo cuestionamiento relevante de la Contraloría está dirigido a los funcionarios de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), a quienes atribuye haber flexibilizado su mandato fiscalizador dejando pasar presuntas deficiencias en la construcción del terminal de Chancay en beneficio de los inversionistas.

La versión de APN es que no existió un nuevo proyecto ni una alteración sustancial del diseño del túnel que recibió la certificación correspondiente. Foto: Andina

EL CAMBIO DEL TRAZO

De acuerdo con el informe, la APN dio visto bueno al expediente técnico y concedió la habilitación portuaria de la Nueva Etapa 1 del terminal de Chancay en 2021, además de aprobar la segunda modificación en 2024, no obstante que:

(1) “El expediente técnico que dio lugar a las habilitaciones otorgadas no guarda concordancia con la certificación ambiental vigente respecto al trazo del túnel, ni incorporaba la medida de protección ambiental vigente respecto al trazo del túnel, ni incorporaba la medida de protección ambiental denominada Sistema de Geotubos”; y

(2) “Durante las inspecciones de avance de obra, no adoptó acciones oportunas frente a la ejecución del túnel por un trazo distinto al aprobado, lo que permitió el inicio y la continuidad de las obras y posterior operación del puerto de Chancay sin cautelar el cumplimiento de los requisitos legales y sin formularse acciones correctivas, lo que benefició al administrado (CSCPC).

Respecto al primer punto, fuentes de la APN resaltaron que los auditores se equivocan al señalar que el Expediente Técnico de Obra de 2021 incluyó un nuevo trazo del túnel, que no estaba comprendido en el expediente aprobado por el organismo en 2015.

“No, el expediente de 2021 no contempla cambios o modificaciones del túnel. En el expediente de 2021, no se solicitó la modificación del trazo del túnel. Es un grave error de los auditores”, indicaron las fuentes.

También precisaron que el Sistema de Geotubos es parte de la Modificación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (MEIAd), y no del expediente técnico que aprobó la APN.

“Los geotubos son un componente de remediación ambiental y no son parte de infraestructura portuaria. Las obras aprobadas por la APN corresponden a la infraestructura portuaria y equipamiento portuario, se enmarcan dentro del recinto portuario y no fuera del mismo”, subrayaron: “Los geotubos no son responsabilidad de análisis, control o supervisión por parte de la APN”, completaron.

LA VALIDACIÓN AMBIENTAL

Como tercera observación, los auditores llaman la atención a los funcionarios de la APN por no haber intervenido en la construcción de la variación del trazo del túnel ni tampoco adoptaron medidas correctivas y sin contar con certificación ambiental.

“Sin embargo, la habilitación del túnel se hizo sobre una servidumbre otorgada por la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), por lo que ésta es la entidad que cautela las normas”, explicaron las fuentes.

“La APN no tiene la función de supervisor de obra, no cuenta con instrumentación que permita efectuar mediciones topográficas de los trabajos que se ejecutan. Tampoco la ley le faculta a paralizar una obra privada, salvo las públicas y de concesión”, dijeron.

El proyecto portuario recibió la aprobación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y, cuando se varió el trazo del túnel, no se exigió la presentación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS), “porque no se desarrolló sobre un medio distinto”.

El cambio del trazo del túnel “no se desarrolló sobre un medio distinto, la magnitud de la intervención no cambió en nada, ni se presentaron nuevos impactos relacionados a la ejecución del mismo, por lo que tampoco cambiaron las medidas de mitigación impuestas.

Ante el reclamo de la Contraloría a la APN por no haber vigilado la ejecución de la obra, la entidad indicó que las supervisiones, tratándose de una inversión 100% privada, “el administrado (CSCPC) es el que contrata la supervisión y su ejecutor de obra y ambas cosas se ejecutaron”, expresaron.

La modificación no demandó el requerimiento de un nuevo estudio, porque no cambiaban los impactos ambientales.

“La APN no realiza labores de Supervisión de Obra, sino que efectúa inspecciones inopinadas de cómo viene avanzando la obra, es imposible y no es función de la APN estar las 24 horas todos los días en una obra privada”, según las fuentes consultadas.

Al respecto, según los inversionistas, ratificaron que no existió un nuevo proyecto ni una alteración sustancial del diseño originalmente certificado, cuando se varió el trazo del túnel.

“La empresa nunca ocultó el trazo ejecutado ni pretendió eludir el control administrativo; por el contrario, adecuó técnicamente el proyecto para cumplir con el nuevo sistema geodésico oficial y continuó ejecutando las medidas de manejo ambiental previstas en los instrumentos aprobados”, apuntaron las fuentes.

Por estos hechos la Contraloría recomienda que se evalúe la presunta responsabilidad de cuatro funcionarios de Proinversión y de la APN.

Fuente: larepublica.pe

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