Congreso aprueba que policías y militares sean juzgados en fuero militar-policial por delitos de función

El Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación el dictamen que establece que los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas sean juzgados en el fuero militar-policial cuando se trate de delitos de función. La iniciativa obtuvo 52 votos a favor y será remitida al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

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La norma aprobada crea un marco jurídico exclusivo para el procesamiento de efectivos de las fuerzas del orden, particularmente en contextos de estados de emergencia. Además, reforma el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal con el objetivo de delimitar las competencias entre la justicia ordinaria y la jurisdicción castrense.

Parlamento modifica Código Penal y regula sanciones para efectivos vinculados a organizaciones criminales. (Foto: Andina)

Durante la sesión, el Parlamento desestimó una reconsideración presentada por legisladores de la oposición, lo que permitió ratificar el texto final de la reforma.

Procesos en un solo fuero

De acuerdo con el dictamen, ningún efectivo de las fuerzas del orden podrá enfrentar procesos penales simultáneos en la justicia ordinaria y en el fuero militar-policial. En ese sentido, se establece la obligación de que los jueces ordinarios archiven las investigaciones en curso cuando los hechos sean asumidos por la jurisdicción castrense.

El dictamen recoge iniciativas legislativas presentadas por los congresistas Luis Kamiche, Idelso García, Fernando Rospigliosi, Guido Bellido, Alejandro Muñante y Patricia Chirinos. Los legisladores José Cueto Aservi y César Revilla Villanueva defendieron la propuesta al señalar que la especialización del fuero militar-policial es necesaria para el juzgamiento de conductas vinculadas al servicio.

Ley aprobada excluye doble proceso judicial para militares y policías en justicia ordinaria. (Foto: Andina)

Cambios en definición de lesa humanidad

El Congreso aprobó además modificaciones al Código Penal respecto a la definición de crímenes de lesa humanidad. La propuesta, sustentada por el congresista Fernando Rospigliosi, busca delimitar el alcance de este concepto en la legislación nacional en relación con hechos ocurridos en décadas pasadas.

Sin embargo, la parlamentaria Ruth Luque cuestionó la medida y advirtió que podría contravenir estándares internacionales establecidos por la Corte Penal Internacional. En esa línea, integrantes del Bloque Democrático Popular anunciaron que evalúan presentar acciones legales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para revertir los efectos de la norma.

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Sanciones más severas

El nuevo marco normativo incorpora penas de entre 20 y 30 años de prisión para policías o militares que colaboren con organizaciones criminales aprovechando su cargo. Asimismo, se establece la cadena perpetua en los casos en que dicha participación derive directamente en la muerte de una persona.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos había formulado observaciones relacionadas con la proporcionalidad de las penas y la delimitación de competencias judiciales. No obstante, el Pleno del Congreso desestimó estos cuestionamientos y ratificó la reforma tras rechazar una reconsideración que obtuvo 58 votos en contra.

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Fuente: elcomercio.pe

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