Sunat: 110 empresas emitieron facturas falsas por más de S/1.025 millones, ¿cómo afecta a los contribuyentes?

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó la relación de 110 Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO), conocidos también como “empresas fantasma”, tras determinar que no cuentan con condiciones reales para sustentar las operaciones que declaran. A pesar de ello, estas compañías lograron emitir comprobantes de pago que terminaron siendo usados por miles de contribuyentes en distintas partes del país.

El listado, actualizado al 31 de mayo de 2026, incluye empresas ubicadas principalmente en Lima (73 casos), además de La Libertad, Arequipa, Cajamarca, Huánuco, Chimbote, Ayacucho, Ica, Juliaca, Piura y Tacna. En conjunto, estas organizaciones habrían emitido más de 478.000 facturas, junto con notas de crédito y débito, lo que generó un movimiento documentario que no necesariamente responde a operaciones reales.

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El punto más crítico está en el impacto tributario, pues la entidad estima que el crédito fiscal no reconocido supera los S/1.025 millones. Es decir, se trata de comprobantes que no tendrán validez para sustentar IGV o gasto deducible, lo que abre una cadena de revisiones para las empresas que los utilizaron.

El problema no se limita a las empresas emisoras. Más de 60.000 clientes aparecen vinculados a estas operaciones, lo que convierte el caso en uno de los procesos de fiscalización más amplios de los últimos años. Muchos de estos contribuyentes habrían usado estos comprobantes para reducir impuestos o sustentar costos, sin verificar necesariamente si sus proveedores tenían la capacidad real para operar.

Facturas bajo revisión: ¿qué pueden perder las empresas que las usaron?

Cuando la Sunat declara a una empresa como SSCO, no solo se bloquea su operación hacia adelante. También puede revisar comprobantes emitidos desde el 20 de marzo de 2022, por lo que facturas ya usadas pueden ser observadas o no reconocidas.

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El principal riesgo para los contribuyentes es la pérdida del crédito fiscal del IGV o la deducción del gasto en el Impuesto a la Renta. Eso puede generar pagos adicionales de impuestos, intereses y posibles sanciones si se determina que no hubo sustento real en la operación.

Sin embargo, el proceso no es automático. Los contribuyentes tienen 30 días hábiles para pedir la revisión de los comprobantes. En ese plazo pueden presentar documentos como contratos, pagos, guías de remisión o cualquier evidencia que demuestre que la operación sí se realizó. Si no hay sustento suficiente, la factura pierde validez tributaria.

En la práctica, muchas de estas observaciones aparecen porque las empresas no siempre verifican a fondo a sus proveedores, sobre todo en sectores como servicios y comercio, donde se trabaja con muchos terceros y los controles internos no siempre son estrictos.

Fuente: larepublica.pe

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