¿Qué se sabe del pago del 10% como gratificación de julio 2026 para los trabajadores CAS?

Julio 2026 es uno de los meses más esperados por miles de peruanos, no solo por los diversos feriados o celebraciones cívicas, sino también por el aguinaldo de Fiestas Patrias. Este beneficio laboral, oficializado por el Gobierno peruano, está dirigido exclusivamente para los funcionarios y servidores del sector público, así como para los pensionistas de la ONP, que cumplan determinados requisitos. Sin embargo, los trabajadores CAS se mantienen a la expectativa por el pago del 100 % de la gratificación del presente mes, lo que podría ayudarlos a cubrir ciertas necesidades básicas en el hogar. Por ello, los sindicatos ya vienen realizando consultas para obtener información y exigir el cumplimiento del depósito de este derecho laboral, establecido y vigente conforme a la Ley 32563. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.

¿QUÉ SE SABE SOBRE EL PAGO DE LA GRATIFICACIÓN A LOS TRABAJADORES CAS?

Mientras los trabajadores CAS se mantienen a la espera del pago del 100 % de la gratificación por Fiestas Patrias 2026, las organizaciones sindicales oficiales presentaron solicitudes formales ante el Ministerio de Educación (Minedu), el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y el Ministerio del Ambiente (Minam) con el objetivo de solicitar una respuesta sobre la aplicación de este beneficio. Así, aseguran que, mientras no se apruebe una norma que modifique los alcances de la Ley 32563, corresponde el pago íntegro de la gratificación a lo que se encuentran contratados bajo el régimen CAS.

Por su parte, el MEF planteó una aplicación gradual de la Ley 32563, proponiendo el pago del 10 % de la gratificación en 2026 y alcanzar el 100 % recién en 2030. Sin embargo, el Congreso retiró esa disposición del proyecto de ley de crédito suplementario que posteriormente fue aprobado. A pesar de que el Ejecutivo y el Legislativo anunciaron que impulsarán una nueva propuesta para implementar la norma de manera compatible con la sostenibilidad fiscal, dicha ley permanece activa y, hasta el momento, indican que mantiene el derecho de los trabajadores bajo el régimen CAS a percibir este beneficio laboral.

@panamericanatelevision El MEF advirtió que los trabajadores CAS podrían quedarse sin CTS ni gratificaciones si no se aprueba un mecanismo de implementación progresiva de estos beneficios. La propuesta buscaba aplicar los pagos de forma escalonada hasta 2030. 💼⚠️ #TrabajadoresCAS #MEF #CTS #Gratificación #panamericanatv ♬ sonido original – Panamericana Televisión

Eso no es todo, pues el sindicato Sitracas UGEL 03 envió una carta notarial al Minedu para exigir el pago de la gratificación total de julio y pidió que, en un plazo máximo de diez días hábiles, se informe cómo se cumplirá la Ley 32563. Además, entre sus demandas también figura el reconocimiento de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para los trabajadores CAS. En la misma línea, el Sutcas del Minam solicitó aplicar la norma e informar el procedimiento para efectuar estos depósitos. Finalmente, el Sitma solicitó al Midagri la implementación de la ley y advirtió que, de no cumplirse con lo dispuesto, presentará una demanda de cumplimiento ante el Poder Judicial, conforme comparte La República.

¿CUÁNTO RECIBIRÁN DE AGUINALDO LOS TRABAJADORES PÚBLICOS EN JULIO 2026?

En el marco de las celebraciones por las Fiestas Patrias 2026, el Gobierno peruano estableció que los funcionarios y servidores del sector público activos reciban un aguinaldo de S/300, mientras que los internos de Medicina Humana y Odontología un monto de S/100, en la que se verá reflejada en la planilla de julio. En el caso de los empleados con jornadas parciales, el aguinaldo se entregará de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado. Entre los requisitos establecidos figura que los trabajadores deben encontrarse laborando al 30 de junio o estar de vacaciones, con licencia con goce de haber o percibiendo subsidios conforme a lo dispuesto en la Ley n.° 26790, según comparte el MEF. A continuación, te presentamos los trabajadores que reciben este beneficio económico:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo n.º 276, la Ley n.º 29944 y la Ley n.º 30512.
  • Docentes universitarios de la Ley n.º 30220.
  • Personal de la salud del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo n.º 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado de la Ley n.º 15117, los Decretos Leyes n.º 19846 y n.º 20530, el Decreto Supremo n.º 051-88-PCM y la Ley n.º 28091.
  • Trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo n.º 1057.

Fuente: elcomercio.pe

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