En Perú, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos cumple un papel clave al otorgar seguridad jurídica mediante el registro y la protección de propiedades, empresas y diversos actos legales, lo que contribuye a garantizar la transparencia y la confianza en las transacciones. En ese contexto, con la finalidad de facilitar el acceso a información registral sin que los usuarios deban acudir de manera presencial a una oficina, la Sunarp puso a disposición de la ciudadanía una plataforma denominada “Vehículos a mi nombre” que permite consultar de manera virtual y gratuita los vehículos inscritos a nombre de una persona en todo el país. Así, tras la aprobación de esta medida, muchos usuarios han realizado sus consultas, lo que ha facilitado la búsqueda de información. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.
¿CÓMO FUNCIONA LA PLATAFORMA “VEHÍCULOS A MI NOMBRE” DE LA SUNARP?
A través de la Resolución de Superintendencia n.º 00026-2026-SUNARP/SN, publicada el 2 de marzo de 2026, se habilitó la plataforma “Vehículos a mi nombre” que permite conocer a detalle y de manera gratuita la cantidad de vehículos con inscripción vigente a su nombre en el Registro de Propiedad Vehicular. De esta manera, el acceso a información en tiempo real permite a los propietarios gestionar oportunamente la transferencia o baja de vehículos pendientes, evitando posibles responsabilidades legales.
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Asimismo, facilita la identificación de casos de herencia, al permitir que los titulares conozcan la existencia de bienes a su nombre tras la inscripción de una sucesión. Es importante mencionar que, hasta mayo se registraron un total de 104 020 consultas, lo que evidencia la amplia acogida que ha tenido este servicio entre la población nacional. Para acceder a la plataforma, puedes hacerlo a través del siguiente ENLACE o desde su página web utilizando tu DNI o CE, junto con el código de verificación y el captcha.
¿CUÁL ES LA EDAD MÁXIMA PARA CONDUCIR EN EL PERÚ?
A través del artículo 20 del Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, se estableció que los conductores mayores de 60 años pueden solicitar una licencia de conducir siempre y cuando se cumpla con una condición especifica para este grupo etario en adelante. Es decir, si buscan renovar su brevete tendrán que pasar por un examen médico lo cual dependerá de la validez que otorga dicha entidad.
En cuanto a las personas de 70 años, deberán presentar un certificado médico aprobado que será a través de una Entidad Certificadora de Salud autorizado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, convirtiéndose en un trámite anual. Mientras que para los mayores de 80 años ya no tendrán la posibilidad de solicitar el brevete. A continuación, te presentamos los plazos para los titulares de licencias profesionales y no profesionales:
Licencias no profesionales (clase A, categoría I):
- De 70 a 75 años: La licencia se renueva por 5 años.
- De 75 a 81 años: La vigencia es de 3 años.
- A partir de los 81 años: La licencia se otorga por 2 años.
Licencias profesionales (clase A, categorías II y III):
- De 70 a 76 años: La vigencia es de 1 año.
- De 76 a 81 años: La vigencia es de 6 meses.
Fuente: elcomercio.pe