Confirmardo por el Gobierno | Trabajadores que laboren el día de las elecciones tendrán este beneficio, según último Decreto Supremo

A pocos días de la segunda vuelta presidencial del 7 de junio, el Gobierno aprobó una serie de medidas laborales para garantizar que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto y participar en las Elecciones 2026. La disposición fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 007-2026-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano.

La norma contempla beneficios para trabajadores del sector público y privado que sean miembros de mesa, laboren lejos de su local de votación o tengan jornadas que coincidan con el horario de los comicios.

Decreto Supremo N.° 007-2026-TR que brinda beneficios a trabajadores del sector público y privado el día de las elecciones. Foto: El Peruano.

Decreto Supremo N.° 007-2026-TR que brinda beneficios a trabajadores del sector público y privado el día de las elecciones. Foto: El Peruano.

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¿Qué beneficios tendrán los trabajadores durante las elecciones del 7 de junio?

Uno de los principales beneficios está dirigido a los ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa. Ellos tendrán derecho a un día de descanso remunerado compensable el lunes 8 de junio, siempre que acrediten su participación mediante el Certificado de Participación emitido por la ONPE.

Asimismo, los trabajadores del sector público y privado que presten servicios en una localidad distinta a su lugar de votación podrán ausentarse de sus labores los días 5, 6, 7 y 8 de junio para trasladarse y ejercer su derecho al sufragio. Estas horas deberán ser compensadas posteriormente de acuerdo con las condiciones establecidas por cada empleador.

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Tolerancia para quienes trabajen durante la jornada electoral

El decreto también establece que los trabajadores cuyas jornadas coincidan con el horario de votación tendrán derecho a periodos de tolerancia al inicio o durante la jornada laboral para acudir a votar.

En el caso de quienes además sean miembros de mesa, la norma les permite no asistir a trabajar el día de los comicios, medida que también estará sujeta a compensación. Las horas dejadas de laborar podrán recuperarse dentro de los 10 días calendario posteriores o en la fecha que determine el empleador, según las necesidades del servicio.

Fuente: larepublica.pe

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