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El 26 de enero de 2020 se apagó la vida de la estrella del baloncesto Kobe Bryant en un accidente de helicóptero. Él viajaba junto a su hija adolescente Gianna y otras siete personas cuando ocurrió la tragedia. Si bien su muerte acaparó los titulares de los medios de comunicación, pronto surgió otro tema sensible: la toma de fotografías de personas fallecidas por parte de socorristas o de quienes intervienen en este tipo de sucesos sin un fin oficial ni un verdadero interés público, lo que desató un debate sobre la privacidad de las víctimas. Ante ello, el gobernador de California, Gavin Newsom promulgó en 2021 una ley que convirtió en delito este tipo de actos. Conoce más sobre ella en los siguientes párrafos.

LA LEY QUE PENALIZA LA TOMA DE FOTOS DE PERSONAS FALLECIDAS POR PARTE DE SOCORRISTAS
La ley de California que penaliza la toma de fotografías de personas fallecidas por parte de socorristas u otros primeros respondedores, cuando no existe un fin oficial ni un verdadero interés público, es la Assembly Bill 2655 (AB 2655).
Esa norma incorporó la sección 647.9 al Código Penal de California y tipifica como delito menor que policías, paramédicos, bomberos, personal forense y demás primeros respondedores capturen imágenes de víctimas fallecidas para cualquier propósito ajeno a sus funciones oficiales o al interés público legítimo.
Como se trata de un delito menor, las sanciones siguen el esquema general previsto para este tipo de delitos en California. En la práctica, esto significa que un condenado puede enfrentar:
- Encarcelamiento en una cárcel del condado (no prisión estatal) por un periodo que hasta un año.
- Una multa económica que puede llegar hasta los US$1,000, además de posibles recargos.
- En ciertos casos, el juez puede sustituir parte de la pena por libertad condicional supervisada, pero esa decisión depende de las circunstancias del hecho y de los antecedentes de la persona.
La norma añadió en la sección 647.9 del Código Penal de California lo siguiente:
- Cuando un socorrista llega a la escena de un accidente o de un crimen y toma fotos de una persona fallecida usando su propio celular o un aparato de su trabajo, para cualquier fin que no sea parte de la investigación oficial ni tenga un verdadero interés público, está cometiendo un delito menor y puede recibir una multa de hasta 1,000 dólares por cada vez que lo haga.
- Además, todas las instituciones que tienen personal de primera respuesta deben informarles sobre esta prohibición a más tardar el 1 de enero de 2021.
- La ley considera “primer respondedor” a policías estatales o locales, paramédicos, técnicos de emergencias médicas, personal de rescate, responsables de emergencias, bomberos, forenses y empleados de las oficinas forenses.

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Fuente: elcomercio.pe