A pocas horas de que millones de ciudadanos vuelvan a las urnas para definir si Keiko Fujimori o Roberto Sánchez asumirá la Presidencia de la República durante los próximos cinco años, entran en vigor diversas disposiciones destinadas a garantizar el orden durante la jornada electoral. Entre las medidas que entran en vigencia destaca la ley seca, una restricción que cada proceso electoral genera consultas entre ciudadanos y comerciantes debido a las limitaciones que impone respecto a la venta de bebidas alcohólicas. Además de esta disposición, también rigen otras restricciones vinculadas a la difusión de propaganda y actividades políticas en los días previos a la votación. Conoce desde cuándo empieza la ley seca, hasta qué fecha permanecerá vigente y cuáles son las sanciones previstas para quienes incumplan esta norma durante la segunda vuelta electoral.
¿HASTA CUÁNDO ESTARÁ VIGENTE LA LEY SECA POR LA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL?
La restricción conocida como ley seca se aplicará en todo el territorio nacional durante 48 horas continuas. De acuerdo con las disposiciones electorales, la medida comienza a las 8:00 de la mañana del sábado 6 de junio y concluye a las 8:00 de la mañana del lunes 8 de junio. Durante ese periodo, las autoridades supervisarán el cumplimiento de la norma para evitar infracciones que puedan afectar el normal desarrollo de los comicios.

¿QUÉ ACTIVIDADES ESTÁN PROHIBIDAS DURANTE LA LEY SECA?
La principal limitación consiste en impedir la venta y distribución de bebidas alcohólicas mientras dure la restricción electoral. Los establecimientos comerciales, restaurantes, bares y otros negocios que expendan este tipo de productos deberán suspender temporalmente su comercialización.
Sin embargo, especialistas en materia electoral han precisado que la medida está enfocada en la venta de alcohol y no en el consumo dentro de domicilios particulares. Por ello, la norma no sanciona a las personas que decidan ingerir bebidas alcohólicas en sus viviendas, según informa RPP.
¿QUÉ CASTIGOS RECIBEN AQUELLOS QUE INCUMPLAN LA NORMA?
La legislación electoral contempla diversas sanciones para quienes desacaten esta disposición. Entre las principales consecuencias figuran:
- Una pena privativa de la libertad de hasta seis meses.
- Una multa económica que puede superar los S/3.390.
- La posibilidad de recibir una inhabilitación determinada por la autoridad competente.

¿QUÉ OTRAS RESTRICCIONES REGIRÁN ANTES DE LA VOTACIÓN?
La ley seca no será la única medida aplicada durante los días previos a la elección. También existirán limitaciones relacionadas con la difusión de encuestas electorales, la realización de actividades proselitistas y la publicación de propaganda política en los plazos establecidos por la normativa vigente.
El objetivo de estas restricciones es preservar un ambiente de neutralidad y orden antes de que los ciudadanos emitan su voto.
¿QUÉ PASA SI NO VOTO O NO CUMPLO CON SER MIEMBRO DE MESA?
Si no asistes a las urnas, el Estado te pondrá una multa económica que varía según la situación de tu distrito: S/110 si vives en una zona no pobre, S/55 si es una zona pobre y S/27,5 en casos de pobreza extrema. Por otro lado, si fuiste elegido miembro de mesa y no te presentas, la penalidad será mucho más alta, llegando a los S/275 adicionales.
No pagar estas deudas te traerá problemas en tu vida diaria. Mientras la multa esté pendiente, no podrás sacar tu pasaporte, no podrás renovar el brevete ni realizar trámites notariales. Incluso, podrías tener dificultades para entrar a programas de ayuda del Gobierno o sufrir el congelamiento de tus cuentas bancarias si el JNE inicia un cobro coactivo.
Si ya acumulas multas, lo mejor es pagar la deuda en el Banco de la Nación o por internet en Págalo.pe.
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Fuente: elcomercio.pe