JEE Lima Centro 2 declaró improcedente solicitud de nulidad total de votos emitidos en el extranjero

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 declaró improcedente el pedido de nulidad de oficio presentado por el personero legal de la organización política Juntos por el Perú sobre los votos generados en la totalidad de mesas de sufragio en el exterior, en la segunda vuelta de las elecciones generales 2026 desarrolladas el pasado domingo 7 de junio

Según la Resolución 09641-2026-JEE-LIC2/JNE, el pedido comprende las mesas de sufragio correspondientes a las oficinas consulares de los continentes de África, América del Norte, América Central y el Caribe, América del Sur, Asia y Medio Oriente, Europa y Oceanía.

Además, el colegio precisó que el pedido de nulidad fue presentado el 22 de junio y el plazo legal es de hasta tres días después de llevada a cabo la elección, es decir, venció el 10 de junio, por lo que resulta extemporáneo.

En ese sentido, el pedido fue declarado improcedente por no cumplir con lo establecido en la normativa electoral y por no haberse efectuado el pago de la tasa correspondiente.

Asimismo, otro apartado de la resolución insta al personero legal de Juntos por el Perú a ajustar su actuación a los “principios de conducta procedimental, colaboración, buena fe y celeridad”, con el objetivo de agilizar el proceso y evitar acciones que retrasen su desarrollo.

Por otro lado, mediante Resolución N° 09642-2026-JEE-LIC2/JNE, el colegiado declaró improcedente por extemporáneo, falta de legitimidad de la solicitante y falta de pago de la tasa correspondiente, el pedido de nulidad de mesas de sufragio en varias ciudades de Estados Unidos, Francia y España presentada por una ciudadana peruana.

Fuente: elcomercio.pe

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *