Martín Vizcarra: programan audiencia de apelación contra su sentencia de 14 años de prisión el 20 de agosto

El Poder Judicial fijó fecha para revisar la condena de 14 años de prisión efectiva que cumple Martín Vizcarra en el penal de Barbadillo. La audiencia de apelación se realizará el jueves 20 de agosto, a las 11:00 a.m., y estará a cargo de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional. El tribunal superior evaluará el recurso presentado por la defensa del expresidente contra la sentencia que lo halló culpable del delito de cohecho pasivo propio.

La condena se originó en noviembre del 2025. El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional determinó que Vizcarra recibió sobornos por 2.3 millones de soles de parte de dos consorcios empresariales, Obrainsa e ICCGSA. A cambio, estas empresas obtuvieron la adjudicación de dos obras públicas en Moquegua: el proyecto de irrigación Lomas de Ilo y la construcción del Hospital Regional. Los hechos ocurrieron entre 2011 y 2014, cuando el exmandatario era gobernador regional.

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Vizcarra permanece recluido desde entonces. El fallo incluyó, además de la pena de cárcel, nueve años de inhabilitación para ejercer cargos públicos, una multa de 94,900 soles y una reparación civil de 2,336,000 soles. La sentencia no admite suspensión, así que el exgobernador ingresó de inmediato a prisión, pese a que su condena todavía no queda firme.

El expediente llega a esta nueva audiencia después de varios reveses para la defensa. El Tribunal Constitucional rechazó en junio un habeas corpus con el que Vizcarra buscaba anular todo el juicio oral. También falló en su contra la Primera Sala Constitucional de Lima, que declaró improcedente otro recurso destinado a suspender la ejecución de la pena mientras se resolvía la apelación. Ninguno de esos intentos logró frenar su permanencia en Barbadillo.

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¿Qué se espera para la audiencia del 20 de agosto?

La resolución que fija la fecha establece que la presencia de la parte apelante es obligatoria. Si la defensa de Vizcarra no asiste a la sesión virtual, el recurso puede declararse inadmisible, según lo dispone el artículo 423 del Código Procesal Penal. Esa exigencia deja poco margen de maniobra para dilatar el proceso.

El desenlace no solo puede confirmar o anular la sentencia. Existe también la posibilidad de un aumento de pena. El fiscal Germán Juárez Atoche, del Equipo Especial Lava Jato, recordó que la Fiscalía pidió inicialmente 15 años de cárcel, un año más de los que finalmente impuso el juzgado. Esa diferencia queda ahora en manos de los jueces superiores.

El caso judicial de Martín Vizcarra no se limita a esta causa. La misma Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional archivó en diciembre del 2025 otro proceso en su contra, por colusión simple, al considerar que los hechos ya habían sido juzgados en el expediente de Lomas de Ilo. Ese antecedente muestra un tribunal que ya conoce a fondo los hechos que ahora debe volver a revisar, esta vez para decidir el futuro de la pena que el expresidente cumple en Barbadillo.

Fuente: larepublica.pe

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