Oficial, USCIS restablece el plazo de 30 días para permisos de trabajo de solicitantes de asilo: lo que debes saber sobre la norma

Hay una buena noticia para quienes están pidiendo asilo en Estados Unidos: el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) vuelve a tener la obligación de decidir las solicitudes iniciales de permiso de trabajo en un máximo de 30 días, en lugar de dejar esa espera abierta por meses. En palabras sencillas, esto significa que las personas con asilo pendiente recuperan una protección importante frente a las demoras y pueden tener un poco más de certeza sobre cuándo podrán empezar a trabajar legalmente mientras se resuelve su caso. En esta nota te contamos qué implica este cambio, a quién ayuda y qué detalles conviene tener claros si tú o alguien cercano está en proceso de asilo en Estados Unidos.

Cabe precisar que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) revirtió este cambio polémico para que se resuelvan más rápido las primeras solicitudes de permiso de trabajo de personas que piden protección en Estados Unidos. La decisión se hizo oficial a través de una corrección en el Registro Federal y aplica de manera retroactiva al 29 de mayo de 2026, fecha en que comenzó a regir una norma provisional que había eliminado ese límite sin pedir comentarios al público. Aunque el ajuste supone un respiro importante para miles de solicitantes de asilo, no cierra la discusión sobre cómo se manejarán estos permisos bajo el gobierno de Donald Trump.

La norma vuelve a obligar a inmigración a no dejar “a un lado” las primeras solicitudes de permiso de trabajo por asilo, pero los expertos advierten que todavía pueden darse retrasos y recomiendan seguir el caso de cerca (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

¿QUÉ IMPLICA QUE USCIS RESTABLECIÓ EL PLAZO DE 30 DÍAS PARA PERMISOS DE TRABAJO A SOLICITANTES DE ASILO?

Restablecer el plazo de 30 días significa que, una vez que pides tu primer permiso de trabajo por asilo, inmigración ya no puede dejar la solicitud “a un lado” esperando durante meses una decisión, ahora hay un límite claro para responder.

Tradicionalmente, las personas con una solicitud de asilo en trámite podían pedir un permiso de trabajo (EAD categoría c)(8) después de cierto número de días desde que presentaban su caso (el esquema base es 150 días de “reloj” y, en teoría, decisión a partir de los 180 días).

Durante años existió además una regla que obligaba a USCIS a adjudicar las solicitudes iniciales de permiso de trabajo por asilo en un plazo máximo de 30 días desde que se presentaba el formulario I‑765. Esa garantía se eliminó en 2020, bajo el argumento de dar “flexibilidad” a la agencia, lo que abrió la puerta a demoras mucho más largas.

Entonces, ¿qué se pretende restablecer?

Una orden judicial en el caso Asylumworks y la reglamentación posterior hicieron que USCIS dejara de aplicar la regla que había eliminado el límite de 30 días y, en la práctica, restauraran ese plazo para las solicitudes iniciales de autorización de empleo basadas en asilo pendiente.

La norma que se menciona cuando se habla de “restablecer el plazo de 30 días” apunta a:

  • Volver a exigir que las solicitudes iniciales de EAD por asilo (categoría c)(8) se decidan, en general, dentro de 30 días desde que USCIS las recibe completas.
  • Impedir que la agencia se tome 4, 5 o más meses para procesar algo que es esencial para que el solicitante pueda trabajar y sostenerse mientras su caso de asilo se resuelve.

En paralelo, existe hoy una propuesta de cambio regulatorio (aún en discusión) que quiere hacer lo contrario: subir el tiempo de espera para poder pedir el permiso inicial a 365 días y ampliar el plazo de respuesta de USCIS hasta 180 días, lo que llevaría el total potencial a unos 545 días entre pedir asilo y obtener autorización de empleo.

Por eso, en el debate actual conviven dos ideas: 1) Defender y consolidar el límite de 30 días para adjudicar permisos iniciales (protección para solicitantes) y 2) Enfrentar propuestas nuevas que buscan ampliar los tiempos de espera y hacer más difícil el acceso al permiso de trabajo.

Detrás de este cambio hay dos fuerzas en tensión: quienes defienden el plazo de 30 días como un mínimo de protección y las propuestas que buscan alargar la espera y endurecer el acceso al permiso de trabajo (Foto: Imagen creada por El Comercio MAG usando Gemini)

¿A QUIÉN AYUDA Y QUÉ DETALLES TENER CLAROS SI TÚ O ALGUIEN CERCANO ESTÁ EN PROCESO DE ASILO?

El restablecimiento del plazo de 30 días para permisos de trabajo a solicitantes de asilo beneficia, sobre todo, a personas que ya cumplieron el tiempo mínimo de espera del reloj de asilo (150/180 días) y dependen del permiso para trabajar con papeles, sacar número de Seguro Social y estabilizar ingresos mientras su caso sigue pendiente.

Entre los detalles que debes tener claro si tú o alguien cercano están proceso de asilo son:

  • Primero, el permiso de trabajo no es un estatus migratorio, solo prueba que tu caso está en trámite y te permite trabajar legalmente.
  • Segundo, el reloj de asilo (los días que deben pasar antes de poder pedir el EAD) sigue siendo clave: interrupciones o errores en la solicitud pueden retrasar cuándo eres elegible.
  • Tercero, aunque el plazo de 30 días vuelve a estar en la norma, en la práctica pueden existir demoras, así que es importante guardar recibos, revisar notificaciones y, si el tiempo se extiende demasiado, buscar asesoría legal para decidir si vale la pena presentar un reclamo o acción más formal.

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Fuente: elcomercio.pe

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