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En el podcast “Siempre a las 8” de Milagros Leiva, de El Comercio, el presidente encargado del Congreso, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), consideró que el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) a favor del líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, no implica que haya sido declarado “inocente”.
Explicó que el proceso contra el también excandidato presidencial seguirá su curso, pues solo se le levantó la prisión preventiva de un caso cuya sentencia fue anulada por la Corte Suprema.
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“No es que lo hayan declarado inocente, su proceso va a seguir. Le han quitado la prisión preventiva que estaba dada en un caso que fue anulado. A él lo sentenciaron, le dieron prisión, pero la sentencia fue anulada por la Corte Suprema”, expresó.
“Dejará de tomar mojitos en La Habana y tendrá que venir al Perú. De repente ya regresó o regresa en estos días y aparecerá diciendo que ha estado escondido en Huancayo, pero yo creo que ha estado escondido en Cuba”, agregó.
Como se recuerda, tal como lo adelantó El Comercio, por mayoría el Tribunal Constitucional (TC) declaró nula la prisión preventiva dictada contra el prófugo líder de Perú Libre en el proceso que se le sigue por los delitos de organización criminal y lavado de activos por el caso “Los Dinámicos del Centro”.
Fue al declarar fundada la demanda presentada por presunta vulneración del derecho a la debida motivación de resoluciones judiciales que resulta conexo al derecho a la libertad personal. Cerrón se encontraba en la clandestinidad desde octubre del 2023.
Según la resolución, el TC indicó que la decisión de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional incurre en el mismo defecto de motivación que el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria, pues no ha evaluado de qué manera el ya no contar con una orden de captura derivada de la condena que se le había impuesto a pena privativa de libertad efectiva aminora el peligro de fuga.
“De lo expuesto se desprende que las resoluciones cuestionadas no han motivado suficientemente la denegatoria de variación de la medida de comparecencia restringida por la de prisión preventiva, por lo que la demanda debe ser estimada”, manifestó.
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Fuente: elcomercio.pe