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El próximo 4 de octubre el Perú acudirá a las urnas para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, un proceso en el que millones de ciudadanos renovarán a las principales autoridades de los gobiernos regionales y locales para el período 2027–2030. Durante la jornada se elegirá a gobernadores y vicegobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes provinciales y distritales, además de regidores en ambos niveles. La convocatoria oficial fue realizada por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto Supremo N.º 001-2026-PCM, publicado el 7 de enero de 2026, dando inicio al cronograma electoral. Sin embargo, la elección de los gobernadores regionales podría no definirse en una sola jornada. La legislación vigente establece que, si ningún aspirante supera el 30 % de los votos válidos, deberá realizarse una segunda vuelta regional entre los dos candidatos con mayor votación. Este mecanismo busca garantizar una mayor legitimidad en la elección de las máximas autoridades regionales. Cabe precisar que esta disposición solo alcanza a los gobernadores regionales y no se aplica a los comicios para elegir alcaldes provinciales o distritales.
La ONPE ya hizo el sorteo de los miembros de mesa para las próximas elecciones. Conoce si eres miembro de Mesa
Si deseas saber si has sido designado miembro de mesa para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 en el Perú, puedes seguir estos pasos:
Los ciudadanos que deseen verificar si fueron seleccionados como miembros de mesa para las próximas elecciones deben ingresar al portal oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE): https://consultaelectoral.onpe.gob.pe/inicio. Al ingresar su número de DNI, el sistema informa si la persona fue designada como titular o suplente, además del local de votación y la mesa que le corresponde. La información también suele difundirse mediante la aplicación móvil y los canales oficiales de la entidad. Quienes no cuenten con acceso a internet pueden revisar los padrones publicados en sus respectivos locales de votación.
Ser elegido miembro de mesa implica una responsabilidad de carácter obligatorio durante la jornada electoral. Las personas designadas deben presentarse para instalar y conducir la mesa de sufragio, salvo que cuenten con una causa de justificación aceptada por la autoridad electoral. El incumplimiento de esta obligación puede generar la imposición de una multa conforme a la normativa vigente. Por ello, la ONPE recomienda verificar oportunamente la designación y atender las indicaciones oficiales para evitar contratiempos el día de los comicios.
Si eres miembro de mesa conoce las fechas de las capacitaciones que debes recibir por parte de la ONPE
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ya definió el cronograma de capacitación para los ciudadanos que sean designados como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. La primera Jornada Nacional de Capacitación se realizará el domingo 30 de agosto, mientras que la segunda está programada para el 20 de septiembre. Estas actividades buscan que los participantes conozcan el correcto desarrollo de la jornada electoral y las funciones que deberán desempeñar. Con ello, la entidad busca garantizar un proceso de votación ordenado y transparente.
Además de las jornadas nacionales, la ONPE ofrecerá capacitaciones presenciales en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) y en otros locales autorizados a nivel nacional. La institución también pondrá a disposición una modalidad virtual con manuales, videos y material de consulta para facilitar la preparación de los miembros de mesa. Los detalles sobre los lugares de capacitación y el acceso a la plataforma serán difundidos conforme avance el cronograma electoral. Todo este proceso servirá como preparación previa para los comicios del domingo 4 de octubre de 2026.
¿Quiénes son los miembros de mesa asignados que no podrían cumplir con su deber cívico sin sanción?
Ser designado miembro de mesa constituye una obligación establecida por la legislación electoral peruana, por lo que el cargo no puede ser rechazado de manera voluntaria. No obstante, la normativa contempla determinadas causales que permiten solicitar una excusa para quedar exonerado de esta responsabilidad. Entre ellas figuran problemas de salud debidamente acreditados, embarazo con recomendación médica, discapacidad o limitaciones físicas que impidan desempeñar la función, así como encontrarse fuera del país el día de la elección. También pueden admitirse otras circunstancias excepcionales previstas en la legislación vigente.
Quienes consideren que cumplen alguna de estas causales deben presentar una solicitud de excusa ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dentro del plazo fijado en el cronograma electoral, adjuntando la documentación que sustente su pedido, como certificados médicos, pasajes o constancias migratorias. La exoneración solo procede si el JNE declara fundada la solicitud. En caso de no asistir como miembro de mesa sin una excusa aceptada, el ciudadano podrá ser sancionado con la multa correspondiente. Además, si tampoco acude a votar y no está legalmente exonerado del sufragio, podría recibir una segunda sanción por omisión al voto.
¿Qué beneficio recibirán los miembros de mesa por cumplir su trabajo en la jornada electoral del 4 de octubre?
Los ciudadanos que cumplan íntegramente la función de miembro de mesa durante las Elecciones Regionales y Municipales 2026 recibirán una compensación económica de S/ 165, de acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica de Elecciones. Este monto equivale al 3 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y se entrega como reconocimiento por la labor desempeñada durante toda la jornada electoral. La medida busca incentivar el cumplimiento de esta responsabilidad cívica y garantizar el normal desarrollo de los comicios. El beneficio se otorga únicamente a quienes ejerzan efectivamente el cargo.
Además del incentivo económico, los miembros de mesa que completen la capacitación organizada por la ONPE y participen durante toda la jornada tendrán derecho a un día de descanso remunerado no compensable, aplicable tanto para trabajadores del sector público como del privado. Este descanso deberá ser utilizado dentro de los 90 días posteriores a la elección, en coordinación con el empleador. En contraste, quienes no se presenten a cumplir esta función sin contar con una excusa aprobada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) serán sancionados con una multa de S/ 275, conforme a la normativa electoral vigente.
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Fuente: elcomercio.pe