En la actualidad, muchos peruanos forman parte del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y reciben mensualmente los beneficios otorgados por la Oficina de Normalización Previsional. Entre las funciones de dicha entidad pública es administrar los aportes de los trabajadores con el fin de que, al cumplir los requisitos de edad y años de contribución, puedan acceder a una pensión. En ese sentido, por diversas circunstancias de la vida, algunas personas pueden sufrir un accidente o ser diagnosticadas con una enfermedad que les impida continuar desempeñando sus labores habituales. Frente a esta preocupante situación, la ONP brindó los requisitos indispensables para que sus afiliados puedan acceder a una pensión por invalidez, un beneficio económico que permitirá cubrir importantes gastos. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN POR INVALIDEZ EN LA ONP?
La Oficina de Normalización Previsional indicó que los afiliados facultativos que mantienen sus aportes pueden acceder a una pensión por invalidez si un accidente o una enfermedad les impide desempeñar una actividad laboral de forma temporal o para toda la vida. Sin embargo, la ONP informó que, entre los requisitos indispensables al momento de haber ocurrido el accidente, figura haber realizado como mínimo 12 meses de aportes durante los últimos tres años, así como presentar un certificado médico emitido por EsSalud, Minsa o una entidad autorizada. Esto permitirá que el asegurado obtenga un ingreso mensual a través del Banco de la Nación y cobertura de salud durante el proceso de rehabilitación o de manera permanente. Es importante recordar que, en caso de fallecimiento, la familia, ya sea pareja, hijos o padres, accederán a una pensión de supervivencia, según corresponda, conforme comparte el diario El Peruano.
¿CÓMO ACCEDER A UNA PENSIÓN DE S/1 250 EN LA ONP?
A través del Decreto Supremo n.º 330-2025-EF, publicada en el diario oficial El Peruano, se estableció un reajuste para los pensionistas que estén bajo el régimen de la Ley 19990 de la ONP, obteniendo un tope máximo de hasta S/1 000 (antes S/893). Esta medida está dirigida exclusivamente para los pensionistas con jubilación e invalidez del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que cuenten con el reconocimiento de una pensión definitiva hasta el 31 de diciembre del 2025. En cuanto a los adultos mayores que reciban una jubilación, la medida alcanza a aquellas otorgadas a afiliados que acrediten al menos 20 años de aportes, lo que llevará a un aumento de hasta S/100.
Por otra parte, para quienes hayan percibido un aumento previo en virtud de la Ley n.º 32123, se abonará el monto adicional correspondiente a fin de completar el beneficio establecido. Así, si bien se ha establecido el monto máximo, existe la posibilidad de que los afiliados reciban el 25 % más en su pensión gracias a la Bonificación por edad avanzada (BEA). Es decir, los jubilados podrían recibir cerca de S/ 1 250 mensuales, siempre que haya cumplido 80 años en adelante y recibido una pensión máxima de S/1 000. Esto se verá reflejado en su boleta de pago como “BONIF POR EDAD AVANZADA”, según comparte Infobae.
Fuente: elcomercio.pe