La Oficina de Normalización Previsional informó que el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) brinda a sus afiliados una serie de beneficios, entre ellos pensiones por invalidez, jubilación y sobrevivencia, así como pagos adicionales y acceso a servicios de salud. Sin embargo, en los últimos días, el Gobierno anunció que se admitió un Decreto Supremo que garantiza el otorgamiento del Bono de Reconocimiento y Bono Complementario para los trabajadores que aportaron a la ONP y se trasladaron al Sistema Privado de Pensiones (AFP). De esta manera, los recursos destinados a estos bonos están contemplados en la Ley de Endeudamiento del Sector Público correspondiente al año 2026. En el desarrollo de esta nota, te contamos mayores detalles al respecto.
MEF APRUEBA RESPALDO ECONÓMICO PARA BONO DE RECONOCIMIENTO Y BONO COMPLEMENTARIO DE LA ONP 2026
A través del Decreto Supremo n.° 136-2026-EF, publicado en el diario El Peruano, se estableció que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la garantía del Gobierno para la emisión de Bonos de Reconocimiento y Bonos Complementarios de la Oficina de Normalización Previsional por un monto de hasta S/42 millones durante el año 2026. Este beneficio está dirigido exclusivamente a los afiliados que migraron de la ONP a una AFP, con el objetivo de reconocer y preservar el valor de los aportes efectuados al sistema público, incorporándolos a su fondo de jubilación en el Sistema Privado de Pensiones.
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Así, para acceder al bono, se debe presentar una solicitud ante el sistema privado correspondiente, que la remitirá a la ONP para su evaluación. El beneficio se hace efectivo al alcanzar la edad de jubilación o, en casos de invalidez o fallecimiento, dentro de los plazos establecidos por la normativa. En tanto, el otro beneficio son para los afiliados que cumplen los requisitos dictaminados por ley, entre ellos quienes desempeñaron actividades consideradas de alto riesgo. Finalmente, la norma señala que la ONP financiará este año el pago de estos bonos con cargo a su presupuesto institucional, conforme comparte RPP.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA PENSIÓN POR INVALIDEZ EN LA ONP?
La Oficina de Normalización Previsional indicó que los afiliados facultativos que mantienen sus aportes pueden acceder a una pensión por invalidez si un accidente o una enfermedad les impide desempeñar una actividad laboral de forma temporal o para toda la vida. Sin embargo, la ONP informó que, entre los requisitos indispensables al momento de haber ocurrido el accidente, figura haber realizado como mínimo 12 meses de aportes durante los últimos tres años, así como presentar un certificado médico emitido por EsSalud, Minsa o una entidad autorizada. Esto permitirá que el asegurado obtenga un ingreso mensual a través del Banco de la Nación y cobertura de salud durante el proceso de rehabilitación o de manera permanente. Es importante recordar que, en caso de fallecimiento, la familia, ya sea pareja, hijos o padres, accederán a una pensión de supervivencia, según corresponda, conforme comparte el diario El Peruano.
Fuente: elcomercio.pe