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La Oficina de Normalización Previsional (ONP) publicó el cronograma oficial para el pago de pensiones correspondiente a agosto, con el objetivo de ordenar el desembolso a los beneficiarios de los distintos regímenes previsionales. Los depósitos se efectuarán de forma escalonada, según el sistema pensionario al que pertenezca cada afiliado. En el caso de los pensionistas del Decreto Ley N.° 19990, el calendario se organizará de acuerdo con la inicial del apellido paterno. Esta modalidad busca agilizar la atención y evitar la concentración de usuarios. Para quienes reciben una pensión bajo el Decreto Ley N.° 19990, los abonos serán realizados directamente en las cuentas bancarias de las entidades autorizadas. Entre ellas figuran el Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y BanBif. De esta manera, los pensionistas podrán acceder a sus recursos conforme a las fechas establecidas en el cronograma oficial. La ONP recomendó a los beneficiarios verificar el día que les corresponde antes de acudir a las agencias o realizar el retiro de sus fondos.
Esta es la fecha exacta que inicia el cobro de las pensiones de parte de la ONP para todos los jubilados bajo decreto ley
El cronograma de pagos de la ONP distribuye los depósitos del Decreto Ley N.° 19990 según la inicial del apellido paterno de cada pensionista. De acuerdo con la programación, quienes tengan apellidos que comiencen con las letras A, B o C recibirán el abono el 10 de agosto. Los beneficiarios cuyos apellidos inicien entre D y L cobrarán el 11, mientras que aquellos comprendidos entre M y Q lo harán el 12 de agosto. Finalmente, los pensionistas con apellidos de R a Z percibirán sus pensiones el 13 de agosto. El calendario también contempla fechas específicas para otros grupos de beneficiarios. Los pensionistas amparados por los convenios internacionales y los comprendidos en la Ley N.° 27803 recibirán el depósito el 14 de agosto, conforme a la programación oficial. En tanto, quienes acceden al servicio de pago a domicilio recibirán sus pensiones entre el 17 y el 26 de agosto. Con esta distribución escalonada, la ONP busca garantizar una entrega ordenada y eficiente de los recursos.
¿Qué pasara con los pensionistas de los otros regímenes incluso para aquellos que les llega a domicilio?
Los pensionistas comprendidos en los regímenes del Decreto Ley N.° 18846, Decreto Ley N.° 20530, pensiones por encargo, la Ley N.° 30003 para pensionistas pesqueros y la Ley N.° 26790 del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo percibirán el depósito de sus pensiones el 14 de agosto. Los abonos se efectuarán a través de las entidades financieras autorizadas, entre ellas el Banco de la Nación, BBVA, GNB Perú, Scotiabank, Interbank y BanBif. En el caso de la Ley N.° 26790, el Banco de la Nación también atenderá los pagos vinculados a cobertura supletoria, fondo minero y reaseguro. La medida busca asegurar una distribución ordenada de los recursos.
Para estos regímenes previsionales, el servicio de pago a domicilio se desarrollará entre el 20 y el 26 de agosto, de acuerdo con el cronograma establecido por la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Esta modalidad permitirá que los beneficiarios reciban sus pensiones sin necesidad de desplazarse a una entidad bancaria. Con la publicación del calendario oficial, los pensionistas podrán conocer con anticipación la fecha que les corresponde y organizar el cobro de sus recursos de acuerdo con la modalidad asignada.
También es importante saber que la gratificación se pagó junto con la pensión de julio a todos los jubilados de la 19990
Los pensionistas afiliados al Decreto Ley N.° 19990, administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), recibieron la gratificación de Fiestas Patrias junto con el pago de la pensión correspondiente a julio, siguiendo el cronograma oficial de desembolsos. Durante 2026, los depósitos se efectuaron entre el 7 y el 10 de julio, de acuerdo con la letra inicial del apellido paterno de cada beneficiario. En algunos regímenes especiales, los abonos se realizaron los días 13 y 14 de julio. Asimismo, el servicio de pago a domicilio se extendió hasta el 25 de ese mes.
De igual manera, los pensionistas pertenecientes a otros regímenes del Estado que perciben aguinaldo accedieron a este beneficio conforme al calendario establecido para cada sistema previsional. En la mayoría de los casos, los desembolsos fueron programados durante la primera quincena de julio. Esta organización permitió que los beneficiarios recibieran tanto su pensión como el pago adicional de manera ordenada. El cronograma oficial facilitó la planificación del cobro y evitó aglomeraciones en las entidades financieras.
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Fuente: elcomercio.pe